Sub Gerencia de Fomento a la Economía Rural
Artículo 156º.- La Sub Gerencia de Fomento a la Economía Rural está a cargo de un funcionario con categoría de Subgerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente de Promoción del Desarrollo Económico
Artículo 157º.- Son Funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Fomento a la Economía Rural:
1) Programar, organizar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de su competencia.
2) Organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y promocionar el desarrollo sostenible de la economía rural.
3) Promover el fortalecimiento de las cadenas productivas, desarrollando sistemas de mercadeo orientado a que los actores participantes en cada una de ellas compartan equitativamente los beneficios.
4) Fomentar la generación de eventos y promoción agropecuaria en el ámbito provincial
5) Coordinar y concertar con el Ministerio de Agricultura y el sector privado, la formulación y ejecución de programas y proyectos para la promoción del empleo y el desarrollo económico en el medio rural.
6) Formular el Plan Operativo Anual, evaluar trimestral y anualmente el cumplimiento del mismo.
7) Otras funciones que le sean asignadas en el campo de su competencia.











