Artículo 121º.- La Sub Gerencia de Transportes y Circulación Vial está a cargo de un funcionario con categoría de Subgerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente de Desarrollo Urbano.
Artículo 122º.- Son Funciones y atribuciones de la Sub Gerencia de Transportes y Circulación Vial:
1) Programar, organizar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de su competencia.
2) Proponer a la Gerencia de Desarrollo Urbano los lineamientos de política en las actividades relacionadas al Transportes y Circulación Vial.
3) Elaborar, ejecutar, controlar y actualizar el Plano Vial y/o Plan de Rutas de Juliaca.
4) Regular y controlar el servicio de transporte público urbano e interurbano.
5) Otorgar autorizaciones o licencias de concesión de rutas, paraderos y servicios de transporte especiales, conforme al Plan de Rutas y normas vigentes.
6) Proponer y ejecutar la reglamentación y control de los vehículos de transporte menor, así como velar por el cumplimiento de la normatividad en el otorgamiento de licencias de conducir de vehículos menores motorizados y no motorizados, en concordancia con lo establecido por la normatividad legal vigente.
7) Organizar, desarrollar y conservar el sistema de señalización y de semáforos
8) Programar, organizar y ejecutar Programas de Educación Vial en cumplimiento de la normatividad legal vigente.
9) Formular opinión técnica sobre cierre temporal de calles o vías, colocación de rejas, y/o tranqueras e instalación de avisos publicitarios en la vía pública.
10)Reglamentar y controlar el tránsito urbano de peatones y vehículos.
11)Formular el Plan Operativo Anual, evaluar trimestral y anualmente el cumplimiento del mismo.
12)Otras funciones que le sean asignadas en el campo de su competencia.
Artículo 123º.- La Sub Gerencia de Transporte y Circulación Vial para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con los siguientes departamentos:
o Departamento de Transporte Urbano
o Departamento de Vehículos Menores
o Departamento de Circulación Vial











