Artículo 166º.- La Sub Gerencia de Defensa Civil está a cargo de un funcionario con categoría de Subgerente, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente de Prevención y Seguridad Ciudadana.
Artículo 167º.- Son Funciones y atribuciones de la Sub Gerencia Defensa Civil:
1) Programar, organizar, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de su competencia.
2) Planear, organizar, dirigir, coordinar, y conducir las actividades de Defensa Civil de la Municipalidad a nivel provincial.
3) Realizar las funciones que le corresponden como Secretario Técnico del Comité Provincial de Defensa Civil
4) Elaborar y mantener actualizado el inventario de los recursos de la Municipalidad aplicables a la defensa civil.
5) Ejecutar planes de prevención, emergencias y rehabilitación cuando el caso lo requiera.
6) Operar el sistema de comunicaciones que se establezca entre el Comité Provincial de Defensa Civil y las entidades e instituciones que integran el Sistema Nacional de Defensa Civil.
7) Coordinar con INDECI la elaboración del Mapa de Riesgos de la Provincia
8) Apoyar en la elaboración del Plan de Defensa Civil
9) Promover y ejecutar acciones de capacitación, operaciones en Defensa Civil a todo nivel.
10)Prestar servicios técnicos de inspección, y otros de seguridad en Defensa Civil, de acuerdo a la normatividad vigente del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).
11)Promover y ejecutar convenios en materia de Defensa Civil con Organismos Nacionales o Extranjeros, previa aprobación por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).
12)Ejecutar acciones de apoyo mutuo con las Divisiones de Policía Municipal y el Serenazgo.
13)Organizar Brigadas de Defensa Civil, capacitándolas para su desempeño.
14)Formular el Plan Operativo Anual, evaluar trimestral y anualmente el cumplimiento del mismo.
15)Otras funciones que le sean asignadas en el campo de su competencia.











